Anteproyecto de Ley Andalucía Digital

Información general

Antecedentes de la norma

La Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación administrativa, mediante Orden de 3 de mayo de 2022, aprobó el plan inicial de actuación de la Agencia Digital de Andalucía. La Agencia Digital de Andalucía, como organismo público adscrito a la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa por el Decreto 152/2022, de 9 de agosto, es la encargada de liderar la digitalización de la sociedad en Andalucía.

Desde entonces, el Consejo de Gobierno ha establecido, mediante Acuerdo, diferentes Estrategias encaminadas a alcanzar los objetivos encomendados a la Agencia Digital de Andalucía.

En ese escenario, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, mediante Acuerdo de 14 de marzo de 2023, ha instado a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, a través de la Agencia Digital de Andalucía, a la redacción de un Anteproyecto de Ley Andalucía Digital, para su posterior tramitación.  

Problemas que se pretenden solucionar

El uso de las tecnologías ha cambiado nuestros hábitos sociales y económicos, la forma de relacionarnos en estos entornos y con la Administración, conllevando la aparición de nuevos servicios empresariales y administrativos, nuevas formas de negocio e inversión y creando un ecosistema en el que los datos, la información, la inteligencia, el conocimiento y la toma de decisiones son digitales y en las que el uso de tecnologías emergentes juega un papel fundamental.

La actual coyuntura supone una oportunidad para acometer un proceso de transformación digital de Andalucía, que llegue a todos los sectores y a todas las personas, que consolide a nuestra Comunidad Autónoma entre aquellas con una economía digital más avanzada y que la convierta en líder en economía digital y en la prestación de servicios de vanguardia.

Para ello, es necesario fortalecer las infraestructuras digitales, garantizar la seguridad de los servicios digitales, tanto públicos como privados, reforzar la confianza de la ciudadanía y las empresas, poner a disposición de las empresas herramientas e información que puedan orientar y mejorar sus decisiones en el cambiante entorno actual, y apostar por la capacitación digital de la ciudadanía y las empresas para que puedan sacar el máximo provecho de las nuevas tecnologías.

Es necesario potenciar modelos productivos que incentiven el uso de la ciberseguridad, la inteligencia artificial, la automatización y la computación avanzada, al tanto de las invenciones más recientes e innovadoras, y en un entorno sostenible con una clara apuesta por avanzar hacia una sociedad andaluza comprometida con el medio ambiente y los objetivos de desarrollo sostenible.

Es igualmente preciso constituir un marco operativo y de seguridad jurídica para dar cobertura, garantizar e impulsar la formulación y el despliegue de las medidas contempladas en un conjunto de estrategias puestas en marcha recientemente por el Gobierno Andaluz, como el Plan de Capacitación Digital de Andalucía 2022-2025, la Estrategia Andaluza de Ciberseguridad 2022-2025 y la la Estrategia Andaluza de Inteligencia Artificial 2030, o que están en proceso de elaboración, como la Estrategia Andaluza de Administración Digital centrada en las personas, la Estrategia para una Administración Pública Innovadora 2023-2030, la Estrategia Andaluza para la Creación Audiovisual y de Contenidos Digitales, y la Estrategia Andaluza de Emprendimiento Digital y Transformación Digital de la PYME.  

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se hace necesaria una disposición con rango de ley que asuma un enfoque global de las cuestiones implicadas en el desarrollo de la sociedad digital en Andalucía, contemplándolas como el todo interrelacionado que son, a fin de establecer las prioridades y determinar los medios para el decisivo impulso de la sociedad digital en Andalucía. Su carácter de Ley no solo enfatiza la vertiente democrática de la norma, al aprobarla el Parlamento de Andalucía, sino que señala claramente su objeto de regulación como un objetivo prioritario para la Comunidad Autónoma.

Objetivos de la norma

La Ley tiene como objetivo impulsar el desarrollo de las las competencias de la Junta de Andalucía en relación con la digitalización, entendida como un proceso continuo de transformación de los sectores público y privado por los avances tecnológicos que representa la sociedad de la información y el conocimiento. A estos efectos, las actuaciones de la Junta de Andalucía han de concebirse con un enfoque integral, para:

a)    Situar como principal centro de actuación a la ciudadanía y la satisfacción de las necesidades fundamentales de la sociedad. b)    Tomar en consideración las diferentes dimensiones y ámbitos de la digitalización. c)    Valorar positivamente y aprovechar las ventajas y oportunidades que representan las tecnologías de la información y la comunicación para la mejora de los servicios públicos, las relaciones con la ciudadanía y el desarrollo económico y social. d)    Atender, prevenir y minimizar los riesgos que puede entrañar la digitalización en aspectos transversales como los derechos fundamentales o la ciberseguridad.

Todo ello, conlleva retos a los que dar respuesta, por lo que la nueva norma proporcionará un marco legal sólido que abarque los distintos elementos del ecosistema digital:  fomentar la creación de infraestructuras digitales robustas que soporten y den cobertura una amplia gama de servicios y tecnologías emergentes; el impulso de las tecnologías y servicios “en nube”;  la ciberseguridad como eje de la digitalización, la innovación y el desarrollo de un entorno seguro y propicio para la inversión y el emprendimiento; la capacitación como base de una sociedad digital inclusiva; la Administración digital centrada en el ciudadano; el impulso de un entorno audiovisual adaptado a los nuevos usos del sector; el impulso y uso de tecnologías emergentes e innovadoras; la gobernanza de los datos.

El objetivo fundamental que se persigue es facilitar la digitalización plena de la sociedad andaluza en todos sus ámbitos, para contribuir a la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía, facilitar la transformación digital de los sectores productivos de nuestra tierra y potenciar el sector digital como un relevante motor económico de Andalucía.

La expectativa de esta Ley es asumir el desafío de sentar unas bases adecuadas para impulsar el cambio  tecnológico que convierta Andalucía en una región líder en transformación digital y posicionar a la comunidad andaluza como pionera en innovación y emprendimiento tecnológico, siempre teniendo muy presentes la protección de los derechos de la ciudadanía y las necesarias garantías en el uso de las nuevas tecnologías, bajo un principio de antropocentrismo.

Para ello, es imprescindible fortalecer las infraestructuras digitales, garantizar la seguridad de los servicios digitales, tanto públicos como privados, reforzar la confianza de la ciudadanía y las empresas, poner a disposición de las empresas herramientas e información que puedan orientar y mejorar sus decisiones en el cambiante entorno actual, y apostar por la capacitación digital de la ciudadanía y las empresas para que puedan sacar el máximo provecho de las nuevas tecnologías. Todo ello, acompañado del desarrollo de modelos que incentiven el uso de la ciberseguridad, la inteligencia artificial, la automatización y la computación avanzada, al tanto de las invenciones más recientes e innovadoras y en un entorno sostenible.  

Posibles soluciones alternativas

No se consideran posibles soluciones no regulatorias para resolver los problemas expuestos, dada la falta de regulación existente en la materia y la necesidad de cooperación entre los diferentes agentes para la consecución de los objetivos marcados, requiriéndose para ello un firme compromiso por parte de los organismos intervinientes.

Envío de aportaciones

gerencia.ada@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
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