Proyecto de Decreto por el que se efectúa la Revisión del Plan VIVE en Andalucía, de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana de Andalucía 2020-2030, y se definen sus objetivos para el periodo 2026-2030.
Información general
El Estatuto de Autonomía para Andalucía configura en su artículo 37.1.22º la promoción del acceso a la vivienda protegida como uno de sus principios rectores, determinando en su artículo 56.1 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de vivienda, que incluye la planificación y el establecimiento de prioridades y objetivos de la actividad de fomento de las Administraciones públicas de Andalucía en esta materia.
Asimismo, el artículo 25 establece que, para favorecer el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, los poderes públicos están obligados a la promoción pública de vivienda, disponiendo que la ley regule el acceso a la misma en condiciones de igualdad, así como las ayudas que lo faciliten.
El Plan VIVE en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, se aprobó mediante Decreto 91/2020, de 30 de junio, como instrumento de planificación estratégica en dichas materias, habiéndose llevado a cabo actuaciones en sus cuatro ejes, acceso a la vivienda, rehabilitación residencial y urbana, vulnerabilidad residencial e investigación, formación y difusión. Su artículo 1 preveía su revisión, al menos, cada cinco años, en función del desarrollo de las actuaciones previstas en el mismo.
Con posterioridad, se han producido modificaciones relevantes en el marco normativo aplicable en materia de vivienda en Andalucía, con la aprobación de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía y otras disposiciones que inciden en esta materia como el Decreto‑ley 1/2025, de 24 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda.
Asimismo, resulta necesario garantizar la coordinación con el marco estatal en materia de vivienda, a efectos de garantizar la coherencia de los instrumentos de planificación.
La presente iniciativa normativa responde a la necesidad de adaptar el instrumento de planificación vigente a los cambios producidos en el marco normativo aplicable, tanto a nivel autonómico, como estatal.
Asimismo, en el ámbito de la vivienda concurren factores de carácter estructural que inciden en la planificación y desarrollo de las políticas públicas en esta materia, lo que refuerza la necesidad de contar con un instrumento de planificación adecuado, actualizado y coherente.
En este contexto, la evolución del marco regulatorio y la experiencia derivada de la aplicación del instrumento vigente han puesto de manifiesto la conveniencia de adaptar determinados aspectos de su configuración, con el fin de garantizar la coherencia y eficacia de los instrumentos de planificación en materia de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana.
La aprobación de la presente iniciativa normativa resulta necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de vivienda, así como para su adaptación a las determinaciones previstas en el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, y para su actualización una vez transcurrido el plazo previsto en el Decreto 91/2020, de 30 de junio.
Asimismo, la revisión del Plan VIVE permite dotar de cobertura jurídica actualizada al instrumento de planificación, garantizando su adecuación al marco normativo vigente, así como la coherencia del sistema de planificación y su coordinación con otros instrumentos de ámbito autonómico y estatal.
En este sentido, la aprobación de la norma permitiría disponer de un marco actualizado que facilite el desarrollo ordenado de las políticas públicas en materia de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana.
El Proyecto de Decreto tiene como finalidad la revisión del Plan VIVE en Andalucía como instrumento de planificación estratégica en materia de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana, con el objeto de:
- Actualizar el instrumento de planificación estratégica.
- Adecuar su contenido al nuevo marco normativo aplicable.
- Garantizar la coherencia interna del instrumento de planificación y su coordinación con otros instrumentos de planificación de ámbito autonómico y estatal.
- Mejorar la sistematización, claridad y estructura de las medidas contempladas.
- Facilitar la aplicación, seguimiento y evaluación del Plan.
- Reforzar el carácter del Plan como instrumento de planificación estratégica en materia de vivienda.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, el Plan VIVE, como instrumento de planificación estratégica en materia de vivienda, debe aprobarse mediante Decreto del Consejo de Gobierno. Por ello, no existen alternativas normativas de rango inferior que permitan alcanzar los objetivos propuestos.
La ciudadanía, así como todas aquellas entidades u organizaciones interesadas pueden enviar sus aportaciones y sugerencias sobre esta norma, a través de esta dirección de correo electrónico:
consultasprevias.planvive.cfatv@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
La Junta