Conciliación de la vida familiar, personal y laboral
¿Qué es la conciliación?
Es la capacidad de compatibilizar de manera equilibrada las exigencias laborales con las necesidades personales y familiares, a través de medidas como la flexibilidad horaria, el teletrabajo, la reducción de jornada o los distintos permisos legalmente reconocidos.
Su objetivo es garantizar un equilibrio entre el empleo y las responsabilidades personales, promoviendo la igualdad entre mujeres y hombres y la corresponsabilidad en el ámbito familiar.
¿A quién va dirigida?
La conciliación de la vida laboral, personal y familiar beneficia al conjunto de la sociedad, ya que contribuye a crear entornos de trabajo más humanos, equilibrados y productivos. Sus efectos positivos se reflejan tanto en las personas trabajadoras como en las organizaciones y en la sociedad en su conjunto.
Personas trabajadoras por cuenta ajena o propia
- Mejora la calidad de vida, reduce el estrés y la insatisfacción laboral.
- Permite el cuidado de hijos y familiares sin sacrificar la carrera profesional.
- Promueve el desarrollo personal, formación y ocio.
Empresas, organizaciones y administraciones públicas
- Aumenta la productividad y eficiencia.
- Mejora la motivación, compromiso y retención del talento.
- Fortalece la imagen de marca y cultura corporativa.
Familias y sociedad
- Impulsa la igualdad de género, promoviendo la corresponsabilidad en el hogar.
- Crea un entorno laboral más justo, inclusivo y sostenible.
Derechos relacionados con la conciliación
Prestaciones de la Seguridad Social
Las prestaciones económicas relacionadas con la maternidad y la paternidad son competencia de la Seguridad Social. En su web encontrarás toda la información sobre ellas y cómo solicitarlas:
- Prestación por nacimiento y cuidado de menor
- Prestación por riesgo durante el embarazo
- Prestación por riesgo durante la lactancia natural
- Prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Mediante la Resolución de 12 de enero de 2026, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se establecen directrices para la tramitación del permiso para atender el cuidado de hijos e hijas con cáncer u otra enfermedad grave, regulado en el Decreto 154/2017, de 3 de octubre.
Desde la web de la Seguridad Social también puedes consultar la información sobre las prestaciones familiares, destinadas a cubrir la situación de necesidad económica o de exceso de gastos que produce, para determinadas personas, la existencia de responsabilidades familiares y el nacimiento o adopción de hijos e hijas.
Jornada de trabajo, permisos y licencias relacionadas con la maternidad, paternidad y el cuidado de descendientes
El Estatuto de los Trabajadores recoge información sobre las condiciones laborales de las personas trabajadoras, características de las jornadas de trabajo y de los permisos.
Jornada de trabajo
- Duración y distribución de la jornada de trabajo.
- Periodos mínimos de descanso diario y semanal.
- Derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo tu derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Para ello, se promueve la utilización de la jornada continuada, el horario flexible u otros modos de organización del tiempo que permitan la mayor compatibilidad entre el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de la plantilla y la mejora de la productividad en las empresas.
Permisos laborales
Existe una serie de permisos laborales a los que tienes derecho relacionados con la maternidad, la paternidad y el cuidado de tus descendientes.
- Permiso por nacimiento y cuidado del menor.
- Permiso para la lactancia en el caso de nacimiento o adopción. La duración de este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples. Este permiso puede cogerlo tanto el padre como la madre.
- Permiso en casos de nacimientos prematuros o que requieran hospitalización.
- Permiso parental. Permiso, con una duración máxima de 8 semanas, para el cuidado de menores de 8 años.
- Derecho a ausentarse por fuerza mayor.
Red Andaluza de Entidades Conciliadoras (RAEC)
Las entidades, empresas, organismos e instituciones andaluzas que quieran mediante un modelo de trabajo colaborativo, favorecer la simetría de género en relación con la conciliación y la corresponsabilidad en Andalucía, pueden adherirse a la Red Andaluza de Entidades Conciliadoras (RAEC) y contribuir en diseñar y desarrollar las líneas estratégicas para la mejora de la conciliación y la corresponsabilidad en los ámbitos laboral y privado.
Para solicitar más información llama a los teléfonos 012 o 955 012 012.
O escríbenos a través del formulario de consultas del Servicio 012.
También tienes también a tu disposición otros Canales de atención a la ciudadanía.
La Junta