Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 11/02/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 18 de abril de 2013, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de El Ejido, dimanante de procedimiento ordinario núm. 52/2011. (PP. 1054/2013).

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NIG: 0490242C20110000227.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 52/2011. Negociado: NN.

De: Don José Antonio Ruiz Fernández.

Procurador Sr.: José María Martínez Gil.

Letrado Sr.: Juan José Bonilla López.

Contra: Royma Promociones Urbanísticas, S.L., Promociones Los Dúplex del Sureste, S.L., y Joypa Promociones Urbanísticas, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 52/2011 seguido a instancia de José Antonio Ruiz Fernandez frente a Royma Promociones Urbanísticas, S.L., Promociones Los Dúplex del Sureste, S.L., y Joypa Promociones Urbanísticas, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En El Ejido (Almería), a 9 de enero de dos mil trece.

Vistos por mí, doña Ana Fariñas Gómez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de El Ejido y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 52/11, a instancia de don José Antonio Ruiz Fernández, representado por el Procurador don José María Martínez Gil, contra las mercantiles Promociones Los Dúplex del Sureste, S.L., Royma Promociones Urbanísticas, S.L., y Joypa Promociones Urbanísticas, S.L., en situación legal de rebeldía

FALLO

Estimar parcialmente la demanda formulada por el Procurador don José María Martínez Gil, en nombre y representación de don José Antonio Ruiz Fernández, contra las mercantiles Promociones Los Dúplex del Sureste, S.L., Royma Promociones Urbanísticas, S.L., y Joypa Promociones Urbanísticas, S.L., en situación legal de rebeldía, declarando resueltos los contratos privado de compraventa de vivienda de fecha de 1 de junio y 1 de septiembre de 2006 que unían a las partes, condenando a las mercantiles codemandadas a estar y pasar por esta declaración, así como a abonar al actor la cantidad de cincuenta y siete mil euros (57.000 €), cantidad esta que devengará, a partir de la fecha de la reclamación judicial y hasta su completo pago, un interés anual equivalente al interés legal del dinero. Con relación a las costas, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad. Y encontrándose dicho demandado, Royma Promociones Urbanísticas, S.L., Promociones Los Dúplex del Sureste, S.L., y Joypa Promociones Urbanísticas, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido, a dieciocho de abril de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial

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