Funcionariado con habilitación de carácter nacional y funciones reservadas

Dibujo ayuntamientoMediante el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y se le atribuye a la Secretaría General de Administración Local la competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en las materias establecidas por el artículo 92.bis de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local.

Normativa de aplicación

La normativa de aplicación a los nombramientos de carácter definitivo o temporal para el ejercicio de funciones reservadas es la de general aplicación en las Administraciones Públicas, y con carácter específico la siguiente.

Normativa Básica Estatal

Normativa estatal de aplicación supletoria

  • Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Normativa específica de aplicación a las Entidades Locales Autónomas

  • Real Decreto-ley 10/2019, de 29 de marzo, por el que se prorroga para 2019 el destino del superávit de comunidades autónomas y de las entidades locales para inversiones financieramente sostenibles y se adoptan otras medidas en relación con las funciones del personal de las entidades locales con habilitación de carácter nacional.

Normativa Autonómica

  • Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
  • Decreto 64/2020, de 5 de mayo, por el que se regulan los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de aplicación en los concursos del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
  • Circular de 18 de marzo de 2019 (pdf) de la Dirección General de Administración Local sobre la provisión con carácter temporal de puestos reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tramitación de solicitudes

TecladoPara la tramitación de Nombramientos Provisionales, Comisión de Servicios, Acumulación, Nombramiento accidental (de corta o larga duración) o Nombramiento Interino, pulse en el siguiente enlace y seleccione el procedimiento que corresponda. Una vez dentro, con el certificado digital de la Alcaldía o de la persona en quien haya delegado la competencia, cumplimente en línea la solicitud y aporte la documentación que para cada tipo de nombramiento determina la Circular de la DGAL de 18 de marzo de 2019.

Otras solicitudes

Para cualquier otra petición o solicitud que no sea de nombramiento para el desempeño de funciones reservadas, así como para la remisión de actas de cese y tomas de posesión, aportación de documentos para un expediente de nombramiento en trámite, o comunicaciones de seguimiento de nombramientos accidentales, utilice el siguiente enlace:

Nota de interés: Será preciso disponer de una versión de Acrobat Reader 8 o superior, para poder efectuar la tramitación de las solicitudes.

Concursos de Méritos para provisión definitiva de los puestos reservados

Concurso ordinario

Convocatoria en curso: 2024

Para participar en el Concurso Ordinario, las Entidades Locales adoptarán acuerdo de Pleno y por cada uno de los puestos podrán aprobar bases de selección que conformarán el baremo de méritos individualizado, pudiendo incluir una entrevista a los candidatos a cada puesto. No obstante, aquellas Entidades Locales que no deseen concurrir con méritos específicos y/o entrevista, podrán solicitarlo haciendo constar dicha circunstancia.

Las bases de selección del baremo de mérito específico se ajustarán al anexo que figura en el Decreto 64/2020, que se acompaña. Dicho anexo cumplimentado, será remitido a la Secretaría General de Administración Local, Servicio de Coordinación de Inversiones y Función Pública Local antes del 10 de febrero de 2024.

Concurso unitario

Convocatoria 2023

Órgano convocante: Ministerio de Hacienda y Función Pública

Tomas de posesión y ceses en los puestos reservados

Plazo de toma de posesión y cese

Tramitar solicitudes3 días hábiles a contar desde el día de la fecha de la Resolución de nombramiento, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de 1 mes, si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta, para cualquier tipo de nombramiento temporal o definitivo, accidental o interino, salvo para las Comisiones de Servicios en las que el plazo de toma de posesión será de 8 días hábiles en la misma localidad, siendo también de 1 mes cuando se trate de distinta localidad, (artículo 41 del RD 128/2018 y 64 del RD 364/1995 en relación con las Comisiones de Servicios por aplicación supletoria de la normativa estatal).

¿Cómo se efectúan los diferimientos de cese?

Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de 3 meses, debiendo darse cuenta de este acuerdo a la Comunidad Autónoma por el Ayuntamiento de destino del funcionario (en el que tomará posesión).

¿Cómo y cuándo se remiten a la Secretaría General de Administración Local, las actas de toma de posesión, cese, o diferimiento de cese?

Conforme al artículo 41 del RD 128/2018, en el plazo de  3 días, a contar desde la fecha en que tenga lugar la toma de posesión, cese, diferimiento de cese o reincorporación al puesto de titularidad tras una Comisión de Servicios, se remitirán las respectivas actas o certificación de acuerdos entre Entidades Locales a la Secretaría General de Administración Local, Servicio de Coordinación de Inversiones y Función Pública Local, a través de la plataforma telemática (presentación electrónica general).

Provisión con carácter interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

Para facilitar la provisión con carácter interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y al mismo tiempo cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que debe regir la selección, el artículo 53.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, contempla la posibilidad de que las Comunidades Autónomas constituyan en su ámbito territorial una relación de candidatos para la provisión de estos nombramientos interinos.

Mediante Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se constituyen las nuevas relaciones de candidatos propias para la provisión con carácter interino de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. (Ofertas de Empleo Público aprobadas por la Administración General de Estado para dicha escala de funcionarios correspondientes a 2020, 2021 y 2022).

Relación de candidatos

  1. Subescala Intervención-Tesorería, categoría de Entrada (pdf)
  2. Subescala Secretaría, categoría de Entrada (pdf)
  3. Subescala Secretaría-Intervención (pdf)

Puestos cuya cobertura han solicitado las entidades locales

Relación de puestos solicitados por las entidades locales
Ayuntamiento Tipo nombramiento interino Puesto Subescala Publicación convocatoria
Ayuntamiento de Osuna (Sevilla) puesto vacante Intervención de clase 1ª (02251) Intervención-Tesorería 13/03/2024
Ayuntamiento de Torredelcampo (Jaén) puesto vacante Intervención de clase 2ª (04070) Intervención-Tesorería 15/03/2024

Enlace al procedimiento: Nombramiento de interinos en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional

De acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora, la petición de la persona interesada deberá remitirse a la Secretaría General de Administración Local, a través del registro electrónico de la Junta de Andalucía, debiendo seguidamente comunicar la presentación de la misma a través del correo electrónico habilitados.nacionales.cjalfp@juntadeandalucia.es Cualquier otra duda para la que no encuentres respuesta en los epígrafes anteriores, podrás remitirla al correo electrónico habilitados.nacionales.cjalfp@juntadeandalucia.es desde el que se responderá en el plazo más breve posible.

Resoluciones de nombramiento con carácter interino a través de la Bolsa de Interinos de la Junta de Andalucía

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