¿Qué es el acoso laboral y cómo se previene en la Junta de Andalucía?

La preocupación por la prevención y, en su caso, actuación frente a conductas constitutivas de acoso en el ámbito laboral es palpable en toda la legislación europea y española. 

En la Función Pública de Andalucía, el artículo 28.1 h) de la Ley 5/2023, de 7 de junio, reconoce el derecho de las personas empleadas públicas al respeto a su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual y por razón de sexo, moral y laboral.

Para prevenir y atajar estas conductas reprobables, existe el Protocolo de prevención y actuación en los casos de acoso laboral, sexual y por razón de sexo o cualquier otra discriminación acordado en la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Junta de Andalucía el 13 de marzo de 2020 y aprobado y publicado por resolución de la Secretaría General para la Administración Pública el 3 de marzo de 2020 (BOJA n.º 46, de 9 de marzo).

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