Derechos frente a los abogados y procuradores
Derecho a ser asistido por un abogado y representado por un procurador
La asistencia y defensa del Abogado y la representación del Procurador no sólo es un derecho, sino que en la mayoría de las ocasiones es una obligación para poder intervenir en el proceso. Con carácter general, no es obligatorio la intervención de Abogado en el proceso laboral, siendo por el contrario la regla general en las demás jurisdicciones, excluyéndose sólo los juicios de falta en lo Penal y determinados asuntos de menor importancia en lo Civil y Contencioso administrativo.
La asistencia de letrado consiste en estar presente y en que su actuación sea real y efectiva, tanto durante la detención como durante el proceso judicial.
Derecho a asistencia jurídica gratuita
Aquellas personas que carezcan de medios económicos tienen derecho a que se les nombre un abogado y un procurador para que les defiendan y representen en juicio, y a estar exentos del pago de anuncios, depósitos y asistencias periciales.
Este derecho no sólo se tiene para aquellos casos en los que sea obligatoria la intervención de abogado y procurador, sino también cuando sea puramente voluntario.
Tienen derecho a la justicia gratuita los ciudadanos españoles o nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y extranjeros que residan legalmente en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
Se considera que no tienen recursos suficientes las personas cuyos ingresos económicos anuales por unidad familiar, no superan el doble del salario mínimo interprofesional.
Derecho a elegir libremente a su Abogado
Los ciudadanos tienen derecho a la libre elección de Abogado, salvo las limitaciones derivadas de la asistencia jurídica gratuita. Esta libertad es paralela a la libertad del Abogado de aceptar o rechazar los asuntos, salvo el caso de nombramiento de oficio, en cuyo caso su rechazo deberá ser justificado de conformidad con la Ley.
El abogado dirige el asunto pero puede cesar en su intervención cuando no esté de acuerdo con el cliente sobre la forma de la defensa. El profesional debe realizar los actos necesarios para evitar la pérdida de los derechos que pudiera tener el cliente, y no puede retener documentos facilitados por dicho cliente, bajo pretexto de tener pendiente cobro de honorarios.
Derecho a que se le otorguen las facilidades necesarias para el ejercicio de la defensa
Tanto a la persona como a su abogado, tales como el desplazamiento de los detenidos, otorgamiento de plazos razonables para la defensa, la citación con tiempo, etc.
Derecho a que su abogado y procurador guarden secreto profesional
Los profesionales deben guardar secreto sobre todo aquello que conozcan con motivo del ejercicio de su profesión.
Derecho a recibir información clara y suficiente de su abogado y procurador
a) Antes del procedimiento:
A ser informado de si existe alguna circunstancia que pueda afectar a la independencia del abogado.
Recibir una opinión razonada sobre el resultado previsible, sin que el abogado pueda asegurar el éxito del asunto.
Su estimación del costo previsible del proceso, incluyendo las distintas circunstancias que se pudieran producirse ( incidencias, recursos, etc.).
b) Durante el procedimiento:
A ser informado de las incidencias del mismo y recibir copia de la documentación que solicite.
c) Terminado el procedimiento:
A ser informado del resultado con copia de la resolución que se dicte, así como de los recursos posibles, con las posibilidades de éxito y la previsión de su costo.
Derecho a que su abogado no pueda aceptar un asunto, si su dedicación profesional o sus conocimientos no le capacitan para ello.
Derecho a que quién ha sido su abogado no pueda aceptar encargos que impliquen actuaciones contra él
Salvo que haya transcurrido un tiempo razonable y la intervención no implique violación del secreto profesional.
Derecho a exigir responsabilidades al abogado y al procurador
Los ciudadanos podrán ejercer las acciones penales frente a los abogados y procuradores por la comisión de delitos y faltas en el ejercicio de su función y a exigir la indemnización de daños y perjuicios en la que pueda incurrir el abogado en el ejercicio de su función, así como a exigir la responsabilidad disciplinaria por violación de los deberes de estos profesionales poniéndolo en conocimiento del Colegio Profesional respectivo para que inicie el oportuno procedimiento.