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NIG: 2906742C20090018967.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 903/2009. Negociado: 3.
De: Isabel María Romero Muñoz.
Procuradora: Sra. Marta García Solera.
Contra: María Antonia Segovia Santana.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 903/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga a instancia de Isabel María Romero Muñoz contra María Antonia Segovia Santana sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Málaga a diecisiete de diciembre de dos mil nueve.
Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de la Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de doña Isabel Marta Romero Muñoz, representada por la Procuradora de los Tribunales señora García Solera y asistida del Letrado señor Martín López-Obrero, contra doña Marta Antonia Segovia Santana, en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que estimando en su integridad la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales señora García Solera, en nombre y representación de doña Isabel María Romero Muñoz, sobre desahucio por Fallo precario, frente a doña María Antonia Segovia Santana, debo condenar y condeno a la demandada a dejar libre vacua y expedita la vivienda propiedad de la actora sita en Calle Eduardo Domínguez Ávila de Málaga, con la expresa advertencia de que de no hacerlo en plazo máximo de un mes se procederá a su lanzamiento, condenándole expresamente al pago de las costas causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella será posible interponer recurso de apelación en plazo de cinco días, que se preparará presentando escrito ante este mismo Juzgado en que se expresará la resolución apelada, la voluntad de recurrir y los pronunciamientos que se impugnan, y previa constitución de depósito previsto al efecto, en la Cuenta de Consignación de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada María Antonia Segó Vía Santana, extiendo y firmo la presente en Málaga, siete de noviembre de dos mil once.- El/La Secretario.
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