Fundaciones: trámites y gestiones

Las fundaciones tienen personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro de Fundaciones y solo las entidades inscritas en dicho Registro podrán utilizar la denominación de “Fundación”.

Además, podrán constituir fundaciones las personas físicas y las personas jurídicas, tanto públicas como privadas.

Se contemplan una serie de trámites relacionados con las fundaciones y que son necesarios para, por ejemplo, constituir o extinguir una fundación, legalizar libros o autocontratar patronos, entre otros.

A continuación puedes acceder a todos los trámites y gestiones relacionados con las fundaciones.

Actos y documentos sujetos a inscripción

Puedes consultar todos los actos y documentos que deben ser inscritos en el Registro:

Otros trámites y gestiones

Además, existen otras gestiones que también se deben inscribir en el Registro:

Solicitudes y modelos orientativos

La Administración Pública proporciona a toda aquella persona física y/o jurídica que desee inscribir una fundación y a aquellas fundaciones ya existentes, una serie de solicitudes oficiales para la realización de diversos trámites, así como una serie de modelos orientativos de otras gestiones que se pueden utilizar como base. Esas solicitudes son:

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