Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía 2019-23 y Planes Provinciales

Información general

Organismo
  • Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Fecha de aprobación
Descripción

En el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía para el período 2019-23 se ha optado por un enfoque de gestión basado en procesos que favorezca la planificación, desarrollo y evaluación de las actuaciones de la Inspección Educativa de Andalucía y que asegure la calidad de la misma. La consecuencia de dicho enfoque será la generación de un modelo de intervención en los centros educativos de carácter proactivo, donde la supervisión y evaluación vayan siempre acompañadas del asesoramiento técnico y normativo, desde una perspectiva global y sistémica, integrando e interrelacionando todos los procesos que se realizan en los centros y servicios educativos. Esto es, a fin de lograr un conocimiento sobre las características, el funcionamiento y la actividad, que permita, tras el adecuado análisis y valoración, elaborar propuestas de valor que contribuyan a la mejora de la calidad del servicio público de la educación que ofrecen a su comunidad escolar y a la sociedad en general.

Para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en La Estrategia de la UNESCO 2030, a los principios en los que sustenta nuestro sistema educativo, y cumplir con el conjunto de competencias, funciones y atribuciones que se encomiendan a la Inspección Educativa, resulta necesario elaborar el Presente Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía con carácter estratégico para establecer la líneas de una Inspección de futuro, relevante y eficaz, realizando aportaciones a la contribución del éxito educativo de todo el alumnado, mediante la intervención en los centros y servicios educativos. En consecuencia, el presente Plan recoge las líneas estratégicas de trabajo que deben guiar todos los procesos a desarrollar por la Inspección Educativa de Andalucía con las acciones pertinentes, la temporalización y la evaluación para cumplir con los objetivos planteados.

Periodo de vigencia
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Evaluación del plan

Según lo dispuesto en el artículo 37.2 del Decreto 115/2002, de 25 de marzo, la Inspección General y los Servicios Provinciales de Inspección pondrán en marcha procesos de evaluación, con el fin de contribuir a la mejora de su propio funcionamiento. Igualmente, en consonancia con lo establecido en el artículo 76.3 de la Orden de 13 de julio de 2007, se realizará de manera permanente un proceso de autoevaluación del funcionamiento y de los planes de trabajo que desarrollan, cuyo resultado se plasmará en la Memoria Anual de la Inspección Educativa.

Dicha Memoria incluirá, asimismo, la valoración de los procesos y los resultados de la aplicación del Plan General de Actuación y de los Planes Provinciales de Actuación, como se establece en el artículo 62.2 de la Orden de 13 de julio de 2007 y se elaborará tras haberse llevado a cabo los correspondientes procesos de autoevaluación. 

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